Resumen | |
[J] | Impugnación del acuerdo del Consejo de Seguridad Nacional, de 6 de octubre de 2020, que aprobó el procedimiento de actuación contra la desinformación, publicado por Orden PCM/1030/2020, de 30 de octubre.(publicado en Actualidad Diaria 4534 el 29 de noviembre de 2021) |
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El presente recurso contencioso-administrativo se interpone contra el acuerdo del Consejo de Seguridad Nacional, de 6 de octubre de 2020, que aprobó el
La Comisión Europea y el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE), se indica en el apartado 1 del citado "procedimiento de actuación" al determinar el contexto de dicho procedimiento, estableció un Plan de Acción para la lucha contra la desinformación, presentado y aprobado en el Consejo Europeo de los días 13 y 14 de diciembre de 2018. El Plan tiene como objetivos principales el desarrollo de capacidades en el seno de la Unión, y fortalecer la cooperación entre sus Estados miembros; e incluye medidas destinadas a hacer frente a la desinformación durante los procesos electorales europeos, así como los nacionales y locales que se celebraron en los Estados Miembros en 2019. El Supremo declara el recurso inadmisible. | |
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